Ley de economia popular y solidaria registro oficial pdf
La delegacin de estos servicios pblicos se regular mediante Ordenanzas. En las reas rurales sus directorios tendrn entre sus miembros a un delegado tcnico de las Juntas Parroquiales de cada jurisdiccin o de la mancomunidad de las Juntas Parroquiales en las que preste el servicio. Las utilidades que pudieran provenir de operaciones con terceros y que no sean reinvertidos en la organizacin, gravarn Impuesto a la Renta, tanto para el caso de la organizacin, cuanto para los integrantes cuando stos los perciban.
El Comit Interinstitucional se integrar por los ministros de Estado que se relacionen con la Economa Popular y Solidaria, segn lo determine el Presidente de la Repblica y se organizar conforme al Reglamento a la presente Ley. El Comit Interinstitucional ser responsable de dictar y coordinar las polticas de fomento, promocin e incentivos, funcionamiento y control de las actividades econmicas de las personas y organizaciones regidas por la presente Ley, con el propsito de mejorarlas y fortalecerlas.
As mismo, el Comit Interinstitucional evaluar los resultados de la aplicacin de las polticas de fomento, promocin e incentivos. Nota: Inciso primero reformado por Ley No. La participacin, mecanismos de eleccin y requisitos de los representantes de los Gobiernos Autnomos Descentralizados, las personas y organizaciones, sern determinados en el Reglamento de la presente Ley.
Para stos efectos el referido Ministerio, contar con una Secretara Tcnica, la que adems ejercer las atribuciones otorgadas en la Ley de Economa Popular y Solidaria y su Reglamento General. Las regulaciones se expedirn sobre la base de las polticas dictadas por el Comit Interinstitucional.
Las instituciones reguladoras tendrn la facultad de expedir normas de carcter general en las materias propias de esta competencia, sin que puedan alterar o innovar las disposiciones legales. La regulacin respeto de las cooperativas de ahorro y crdito que forman parte del Sector Financiero Popular y Solidario, se establecer adems acorde a los segmentos en que se ubiquen dichas organizaciones.
La Superintendencia tendr la facultad de expedir normas de carcter general en las materias propias de su competencia, sin que puedan alterar o innovar las disposiciones legales. La Superintendencia tendr por lo menos una intendencia para el control especfico del Sector Financiero Popular y Solidario. Ni el Superintendente ni los funcionarios de nivel directivo podrn desempear funciones en las instituciones u organizaciones del sector financiero popular y solidario a las que se refiere la presente ley hasta despus de un ao de haber terminado sus funciones.
Los funcionarios y empleados de la Superintendencia se sometern a las disposiciones de la Ley Orgnica de Servicio Pblico. Ningn funcionario o empleado de la Superintendencia, mientras est en el ejercicio de sus funciones, podr ser director, funcionario o empleado de ninguna de las instituciones u organizaciones sujetas al control de la Superintendencia. Si algn funcionario o empleado de la Superintendencia tuviese cnyuge o pariente dentro del primer grado civil de consanguinidad o primero de afinidad, o padre o hijo adoptivo, empleado en alguna de las instituciones controladas, est obligado a dar a conocer el hecho por escrito al Superintendente, bajo pena de remocin.
No podrn ser funcionarios o empleados de la Superintendencia ms de tres personas que mantengan entre s, alguno de los vnculos mencionados en el inciso anterior y, en ningn caso, en la misma oficina dos personas que mantengan dichos vnculos. Las contribuciones se podrn imponer en proporcin al promedio de los activos totales, excepto las cuentas de orden, de las instituciones controladas segn informes presentados al Superintendente durante los seis meses anteriores.
El promedio se computar sobre la base de las cifras mensuales correspondientes a fechas uniformes para todas las instituciones. La Superintendencia dictar las resoluciones y disposiciones correspondientes para la aplicacin de este artculo. Durar cinco aos en sus funciones, deber acreditar ttulo universitario de tercer nivel en carreras afines con la funcin que desempear y haber ejercido con probidad notoria en profesiones relacionadas con la funcin que desempear o experiencia en actividades de administracin, control, o asesora en las organizaciones, instituciones y asociaciones que integran la economa popular y solidaria y el sector financiero popular y solidario.
El Superintendente presentar anualmente a la Asamblea Nacional, una memoria que contenga el detalle de las principales labores realizadas por la institucin y un resumen de los datos de la situacin econmica de las instituciones controladas, relacionados con el ejercicio del ao anterior, de acuerdo con el reglamento.
La Corporacin en lo relativo a su creacin, actividades, funcionamiento y organizacin se regir por esta Ley y su correspondiente Estatuto social que deber ser aprobado por la Superintendencia de Economa Popular y Solidaria. La Corporacin aplicar las normas de solvencia y prudencia financiera dispuestas en el Cdigo Orgnico Monetario y Financiero, y en las regulaciones que emita la Junta de Poltica y Regulacin Monetaria y Financiera, con el propsito de preservar de manera permanente su solvencia patrimonial.
Nota: Inciso segundo reformado por Ley No. El Directorio estar integrado por los siguientes miembros:. Actuar como Presidente del Directorio, el representante del ministerio de Estado a cargo de la coordinacin de desarrollo social y como secretario, el Director General de la Corporacin, este ltimo con voz y sin derecho a voto.
La coactiva la ejercer con sujecin a las disposiciones del Cdigo de Procedimiento Civil. La jurisdiccin coactiva se ejercer con fundamento en cualquier ttulo del que conste una deuda en favor o a la orden de la Corporacin. Exigir a los nuevos integrantes de la organizacin que suscriban un mayor nmero de aportes, cuotas o aportaciones de los que hayan adquirido los fundadores desde que ingresaron a la organizacin, o que contraigan con la entidad cualquier obligacin econmica extraordinaria, que no la hayan contrado dichos integrantes;.
Nota: Literal d sustituido por Ley No. Nota: El artculo 17 del Cdigo Orgnico Integral Penal dispone: "Se considerarn exclusivamente como infracciones penales las tipificadas en este Cdigo.
Las acciones u omisiones punibles, las penas o procedimientos penales previstos en otras normas jurdicas no tendrn validez jurdica alguna, salvo en materia de niez y adolescencia. Se aplicarn estas sanciones sin perjuicio de las dems responsabilidades administrativas, civiles o penales contempladas en la normativa jurdica vigente.
En caso de reincidencia se aplicar el doble de multa; b La trasgresin de las prohibiciones, referidas en el artculo literales a, b, c y d, sern sancionadas con la imposicin de multas. En caso de reincidencia se aplicar el doble de multa;.
En el caso de los literales e, f, g y h, del mismo artculo se sancionarn con la suspensin temporal del Registro hasta mximo un ao. En caso de reincidencia se aplicar la suspensin definitiva del Registro; y,.
En caso de reincidencia se aplicar el doble de multa. La Superintendencia y dems organismos pblicos sealados en esta Ley en caso de encontrar indicios sobre el cometimiento de infracciones penales, debern poner en conocimiento de la Fiscala General del Estado. Para la aplicacin de las sanciones sealadas en ste Ttulo, deber instaurarse previamente el respectivo procedimiento administrativo, cuyo trmite ser establecido en el Reglamento de esta Ley.
El recurso presentado no suspende la ejecucin del acto impugnado. De la resolucin que tome la Superintendencia se podr presentar demanda ante la Jurisdiccin Contenciosa y Administrativa. La falta de resolucin dentro del trmino de treinta das, causar la prdida de la competencia para resolver. La prescripcin se interrumpe desde el momento en que la Superintendencia inicia el procedimiento administrativo.
De la exclusin se podr apelar ante la Superintendencia, cuya decisin ser definitiva. Si las organizaciones no adecuaren sus estatutos dentro de los plazos y regulaciones que se establezcan para el efecto, no podrn ejercer sus actividades y no accedern al fomento, promocin e incentivos que establece esta Ley. El plazo para estas adecuaciones no exceder de un ao, contado a partir del nombramiento del Superintendente.
Una vez aprobado el nuevo Estatuto social de conformidad con la presente Ley, las organizaciones de la Economa Popular y Solidaria, procedern a elegir a las nuevas directivas, hasta tanto seguir actuando, la ltima directiva elegida vigente. As mismo, los procedimientos administrativos iniciados o que estuvieren en trmite, en cualquier institucin del Estado referente a las organizaciones de la Economa Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidaria, se tramitarn y concluirn en la misma entidad en base a la Ley con la que se iniciaron dichos procedimientos.
El ministerio de Estado responsable de dicho Registro Pblico deber ponerlo en funcionamiento y habilitarlo para uso, por parte de las personas y organizaciones, dentro del plazo de ciento ochenta das contado a partir de la expedicin del Reglamento de la presente Ley.
Los trabajadores y servidores pblicos que pasen a laborar en las instituciones que se crean en la presente ley, conservarn por lo menos las condiciones en que se desempean actualmente, sin menoscabo a sus derechos. En el caso de los servidores pblicos, de existir cargos innecesarios se aplicar el proceso de supresin de puestos de acuerdo con las disposiciones de la Ley Orgnica de Servicio Pblico.
Los activos y pasivos del Programa Nacional de Finanzas Populares, Emprendimiento y Economa Solidaria, previo inventario, pasan a formar parte del patrimonio institucional de la Corporacin. Los activos y pasivos no transferidos sern tratados de conformidad con el Reglamento General de Bienes del Sector Pblico. Todos los derechos y obligaciones constantes en convenios, suscritos por el Programa Nacional de Finanzas Populares, Emprendimiento y Economa Solidaria sern asumidos, previa la suscripcin de las adendas respectivas, por la Corporacin.
Los contratos suscritos por estas instituciones, al amparo de la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica, vigentes a la expedicin de la presente Ley, continuarn siendo ejecutados hasta su terminacin. Para el caso de las cooperativas bajo control de la Superintendencia de Bancos y Seguros, en la transicin el marco de la regulacin ser el existente a la fecha de vigencia de la presente Ley.
Los procesos judiciales a cargo de la Superintendencia de Bancos y Seguros y del Programa de Finanzas Populares, Emprendimiento y Economa Solidaria, seguirn siendo actuados o defendidos por la misma Superintendencia y por la Corporacin, respectivamente, hasta que entren en funcionamiento la Superintendencia de Economa Popular y Solidaria y la Corporacin. Mientras se perfeccione la transferencia de funciones y documentos a que se refiere la presente disposicin, las cooperativas sealadas seguirn bajo la regulacin y control de la Superintendencia de Bancos y Seguros.
Cuando una misma organizacin genere, durante un mismo ejercicio impositivo, utilidades y excedentes, podr acogerse a esta exoneracin, nicamente cuando su contabilidad permita diferenciar inequvocamente los ingresos y los costos y gastos relacionados con las utilidades y con los excedentes. Se excluye de esta exoneracin a las Cooperativas de Ahorro y Crdito, quienes debern liquidar y pagar el impuesto a la renta conforme la normativa tributaria vigente para sociedades.
El Decreto Supremo No. Los artculos y de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, as como toda mencin a cooperativas de ahorro y crdito contenida en dicha Ley. El Decreto Ejecutivo No. Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional, ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, a los trece das del mes de abril de dos mil once. Fernando Cordero Cueva, Presidente. Andrs Segovia S. Cerrar sugerencias Buscar Buscar. Saltar el carrusel.
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Cargado por Fiama Zapata. Compartir este documento Compartir o incrustar documentos Opciones para compartir Compartir en Facebook, abre una nueva ventana Facebook. Denunciar este documento. Marcar por contenido inapropiado. Descargar ahora. Carrusel anterior Carrusel siguiente. Buscar dentro del documento. Atentamente, f. Alexis Mera Giler, Secretario Nacional jurdico.
Seccin 2 De las Cajas Centrales Art. Seccin 1 Del Fondo de Liquidez Art. Seccin 2 Del Seguro de Depsitos Art. A fin de dar cumplimiento con esta obligacin, las instituciones que conforman el sector financiero popular y solidario debern observar los siguientes criterios: a La periodicidad con la cual se debe remitir la informacin al Registro Crediticio ser determinada por la Superintendencia de la Economa Popular y Solidaria, en funcin de los segmentos en que se encuentren ubicadas las cooperativas de ahorro y crdito.
Captulo I Del Fomento Art. La Corporacin tendr la facultad de actuar como Fiduciaria. El Directorio estar integrado por los siguientes miembros: a Un representante por cada uno de los ministerios de Estado responsables de la coordinacin de la poltica econmica, de la produccin y de desarrollo social; b Un representante del ministerio de Estado responsable de las finanzas; y, c Un representante del ministerio de Estado responsable de la inclusin econmica y social.
En caso de reincidencia se aplicar el doble de multa; En el caso de los literales e, f, g y h, del mismo artculo se sancionarn con la suspensin temporal del Registro hasta mximo un ao.
En caso de reincidencia se aplicar la suspensin definitiva del Registro; y, c Las infracciones sealadas en el artculo y , sern sancionadas con la imposicin de multas.
Para el efecto, se considerar: a Utilidades. Sancinese y promlguese. Es fiel copia del original. Rafael Abad. Cristina Aguirre. Oscar Ramirez. Kaitlyn Lovato Gomez Jonas. Marivel Cm. Richard Skipper. Fredlyer Diaz. Facundo Silva. E David Morales P. Amanda Martinez. Jhon Leiva. Mayuri Mendoza. Cesar Augusto Calderon. Joel Sequera. Felicia Tapia baez. Camilo Holguin. Luis Salcedo cobo. Fiama Zapata. Popular en Politics. Mario Kilar. Druso Antonio. L Lawliet. Ezee Sugastti.
DiaNita Torres. Reforma las funciones del oficial de Mediante el Oficio No. Determina los requisitos y condiciones que las personas naturales deben acreditar para ser calificados y registrados como oficiales de El servicio de giro inmobiliario corresponde al suministro de servicios y productos de naturaleza inmobiliaria para las asociaciones Se definen a las asambleas generales o juntas generales presenciales y virtuales. Se reforma la convocatoria a asamblea general o junta Se incluyen algunas Disposiciones Transitorias, con respecto al diferimiento extraordinario de obligaciones crediticias.
Determina las condiciones y requisitos que deben cumplir las entidades del sector financiero popular y solidario sujetas al control de la En concordancia con el Oficio Circular No. Solicitud de diligenciamiento de cuestionario solicitado por la OEA para las entidades controladas de los segmentos 1,2,3. Mediante oficio circular No. Establece el procedimiento para designar a los delegados de los sectores financieros privado, y popular y solidario, que deben actuar en su
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